Todo coche que circula por las carreteras españolas está obligado a tener en vigor una póliza que cubra, al menos, la responsabilidad civil del conductor. A partir de ahí, el mercado ofrece una amplia gama de coberturas adicionales que puedes contratar. No obstante, es normal que te encuentres con ciertas exclusiones, así como situaciones que no están garantizadas por tu seguro de coche. Es importante que las conozcas para evitar sustos en un futuro.

Está claro que las garantías que ofrece un seguro obligatorio no son las mismas que las de una póliza a todo riesgo. Pero, hasta en este último caso, hay excepciones que no están cubiertas y en las que el tomador del seguro es quien debe responder por los daños y hacer frente a las indemnizaciones.

Si tienes tu coche asegurado únicamente con el seguro obligatorio, debes saber que está cubierta tu responsabilidad civil como conductor frente a terceros, pero no así los daños que, en caso de ser culpable del siniestro, podáis sufrir tú o tu coche. Sí que cubre los daños del resto de ocupantes, salvo que los desperfectos se produzcan en bienes del cónyuge o familiares del conductor hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad. El seguro obligatorio responde por lo general por una cantidad de hasta 70 millones de euros por siniestro para atender daños personales y hasta 15 millones para indemnizar daños en bienes.

Así, aunque no es obligatorio, lo habitual es contratar un seguro complementario específico que cubra los daños personales del conductor: el de responsabilidad civil voluntaria. Pero este seguro también tiene excepciones, ya que no cubre los daños a personas transportadas en vehículos no aptos y aquellos causados a cosas y por cosas transportadas en el coche.

Además de la responsabilidad civil voluntaria, cuentas con una serie de coberturas adicionales que amplían la protección del vehículo. No obstante, cada cobertura puede tener sus propias exclusiones, por lo que es necesario leer bien la letra pequeña de cada contrato.

Es el caso de la garantía de lunas, que tiene como finalidad cubrir la rotura del parabrisas (luna delantera), la luneta posterior y las lunas laterales del automóvil. Sin embargo, no suele cubrir las roturas producidas en el proceso de instalación, daños a pilotos, faros o simples defectos estéticos. Con todo, algunas compañías incluyen también la reparación del cristal del techo solar cuando éste forma parte del equipamiento de serie del coche. Por ejemplo, los seguros de lunas de Nuez, Línea Directa o Axa. Y aunque lo normal es que el seguro de lunas no incluya la reparación de los faros, intermitentes y espejos retrovisores, la póliza de RACC sí que lo hace.

Otra cobertura complementaria es la de robo. Hay compañías que diferencian entre robo y hurto, y éste último no lo cubren. Los seguros de Balumba, Direct Seguros y Qualitas recogen de manera específica la cobertura por hurto. Es importante que leas bien las condiciones de tu póliza, para conocer si están cubiertas todas estas situaciones y qué tipo de indemnización te ofrece tu compañía en cada caso. También quedan excluidos de esta cobertura los siniestros en los que los familiares sean cómplices o los daños que se produzcan en elementos que no estén asegurados.

La cobertura de asistencia en carretera tampoco es ilimitada. Por ejemplo, la mayoría de estos seguros no se hacen cargo si se circula por vías no aptas, como pistas de tierra. No obstante, es posible encontrar pólizas que sí que lo hacen, como la de Mapfre, que presta sus servicios aunque el accidente se haya producido en una vía de este tipo.

Asimismo, si tienes contratado un seguro de coche a todo riesgo, no significa que tengas todo garantizado. Se llama así porque cubre, además de los daños a terceros, los propios (del coche). No existe un modelo estándar, ya que cada compañía tiene sus propios productos y coberturas: asistencia mecánica, cobertura por pérdida de puntos, asesoría y gestoría legal… Además, cada aseguradora tiene sus propias exclusiones, por eso es importante que leas la letra pequeña.

No obstante, da igual el dinero que te gastes en tu seguro, ninguna póliza cubrirá los daños causados voluntariamente por el asegurado, ni cuando has sido tú el que ha provocado un accidente y si conducías ebrio, drogado o sin carnet, así como si tu coche no ha pasado la ITV. Incluso si tienes un choque con un familiar, las aseguradoras pueden negarse a pagarte los gastos, ya que tienden a pensar que es un fraude (sobre todo si se comparte domicilio).

En el caso de transportar más carga o pasajeros de los permitidos (por ejemplo, seis en un vehículo de cinco plazas), será el tomador de la póliza quien deba responder por los daños o cualquier indemnización. Si no se han pagado a tiempo las primas, la compañía aseguradora se puede reservar el derecho de no cubrir cualquier tipo de eventualidad o siniestro que ocurra.

Del mismo modo, si un menor de 25 años coge el coche, tiene un siniestro y su nombre no aparece en la póliza como conductor, pocas compañías se harán cargo de los daños que cause a terceros o en el coche.

Y no te olvides que ninguna aseguradora te indemnizará en caso de inundación, terremoto, tsunami, erupción volcánica, huracanes, terrorismo, motines, accidente nuclear, manifestaciones o huelgas y hechos declarados como catástrofe nacional. En estos casos, la indemnización correrá a cargo del Consorcio de Seguros.

Fuente: www.expansion.com

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